Nuevo baremo de accidentes de tráfico: Principales novedades y consecuencias prácticas

29.01.2016 11:23

accidente tráfico

A partir del 1 de enero de este año, 2016, ha entrado en vigor la ley 35/2015 de 22 de septiembre de reforma del sistema de valoraciones de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, es decir, se modifica de una manera sustancial el baremo para accidentes de tráfico.

Esta modificación es importante, tanto por el aumento de las indemnizaciones por muerte y lesiones graves, como por el cambio de criterios y conceptos a la hora de cuantificar este daño. A lo que hay que sumar, que éste baremo se aplica también por analogía a otro tipo de casos tales como: accidentes laborales, indemnizaciones por mala praxis médica…

Este cambio en el baremo hay que analizarlo sin perder de vista la reciente modificación del Código Penal, que hace desaparecer en la inmensa mayoría de los casos, la consideración de una falta de lesiones a los daños personales sufridos en un accidente de tráfico, cerrando la vía penal y obligando a que todos estos asuntos se resuelvan en la vía civil.

En este artículo intentamos analizar las principales novedades de esta ley, así como las consecuencias prácticas que esto implicará. Como novedades aparecen las siguientes:

El nuevo baremo, gira en torno a tres conceptos hasta ahora desconocidos que son los siguientes: Perjuicio Personal Básico, Perjuicio personal Particular y Perjuicio Patrimonial.

Es decir, se trata de conseguir una indemnización más acorde con la víctima, individualizando lo más posible los perjuicios causados a cada víctima de acuerdo con las circunstancias personales, laborales, profesionales de la víctima y perjudicadas, valorando lo que ha dejado de ganar, pérdida de futuras capacidades etc.

Como novedades también aumenta la cobertura en conceptos tales como gastos médicos futuros, rehabilitación, previsión de futuras prótesis para casos de lesiones graves.

En los casos de grandes lesiones y fallecimientos, además de aumentarse la cuantía de las indemnizaciones, aumentan los perjudicados que tienen derecho a una indemnización a los allegados, concepto que se introduce en la ley para las personas que convivan con el fallecido como mínimo, durante 5 años, además de los ascendientes, descendientes, cónyuge… que ya aparecían en el anterior baremo.

Según un estudio publicado por la editorial noticias jurídicas, las indemnizaciones se incrementan de la siguiente manera:


En casos de fallecimiento un 50%
En casos secuelas un 35%
En casos de lesiones un 12,8%


Otras novedades a tener en cuenta son la posibilidad de obtener de manera gratuita, siempre que las partes estén de acuerdo una valoración por parte del Instituto de Medicina legal (forense) a fin de poder aportarla en el procedimiento judicial. Así como la obligación del lesionado de colaborar con la aseguradora a la hora de someterse a prueba para que puedan determinar su curación y alcance de sus lesiones, con la sanción en caso de que el juez determine que no se ha colaborado de la pérdida de los intereses legales que le pudieran corresponder.

También se establece la obligación para las aseguradoras que hacer una oferta económica motivada a la víctima del accidente, que en caso de rechazarla, tendrá que argumentar donde está el desacuerdo y se introduce la Mediación como fórmula alternativa a la resolución de conflictos.

Las principales críticas, que ha recibido este nuevo baremo, es la disminución de la cuantía que corresponderá a las lesiones cervicales, el caso del conocido latigazo cervical, que es la lesión más común en los accidentes y la que más dinero cuesta a las aseguradoras. Con el anterior baremo, con las simples manifestaciones de dolor del lesionado, se podían conceder puntos en concepto de secuelas. A partir de ahora, se exige, que se demuestre a través de pruebas médicas la existencia de las mismas.

Las consecuencias de este nuevo baremo, consideramos que serán en la práctica diaria en los juzgados las siguientes:

Aumento considerable de las cuantías para caso de fallecimientos y lesiones graves.

Aumento de los plazos para el cobro de las lesiones y de la litigiosidad, ya que habrá que ir a la vía Civil y existirán varios informes de parte, por lo que será más difícil llegar a un acuerdo con las aseguradoras al poder excluir el informe forense.

Cada día será más importante acudir a abogados especializados en tráfico, por la dificultad de la materia, la necesidad de interpretar correctamente un informe pericial y la complejidad del baremo a la hora de cuantificar una lesión.

Aumento significativo de la importancia de un buen informe pericial en el que se valoren los daños, que es aún más, la prueba determinante sobre la que gravitará todo el procedimiento.

Disminución de las indemnizaciones por pequeñas lesiones y el latigazo cervical.

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