LAS VÍCTIMAS DE TRÁFICO DESCONOCEN EL NUEVO BAREMO DE DAÑOS TRAS UN MES EN FUNCIONAMIENTO

29.01.2016 11:29

Según Legálitas. Las víctimas de accidentes de tráfico tienen un “gran desconocimiento” de las nuevas medidas contempladas en el baremo utilizado para reclamar indemnizaciones por los daños, particularmente la obligatoriedad de tener que someterse a un estudio médico por parte de la aseguradora que pruebe la veracidad y la gravedad de las lesiones.
Así lo afirmó este jueves Legálitas, cuando la Ley de Reforma del Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios causados a las Personas en Accidentes de Circulación lleva poco menos de un mes en funcionamiento, puesto que entró en vigor el pasado 1 de enero. 
Las nuevas cuantías suponen un incremento medio de un 50% en las compensaciones por fallecimiento y un 35% para las secuelas permanentes, pero un descenso del 2% para las lesiones temporales. 
Legálitas señaló que la última reforma del Código Penal, el pasado mes de julio, despenalizó casi todas las lesiones de tráfico, desapareciendo así la posibilidad de que el médico forense valore las lesiones y obligando con ello a la víctima a tener que contratar a un perito médico si está en desacuerdo con la oferta de indemnización de la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente.
Sin embargo, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 18 de diciembre un real decreto que el baremo de indemnizaciones, que da la posibilidad tanto al perjudicado como al asegurador de someter las lesiones a una valoración imparcial e independiente para intentar alcanzar una solución extrajudicial solicitando un informe pericial al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF).
¿CÓMO ACTUAR?
Legálitas explicó que desde el pasado 1 de enero es obligatorio reclamar por las lesiones sufridas en un accidente de tráfico en primer lugar a la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente, a la que hay que entregar documentación y solicitar sus servicios médicos.
La compañía tiene tres meses ofrecer una oferta motivada especificando todos los conceptos a indemnizar y deberá acompañar el informe del médico valorador, lo que, según Legálitas, “siempre ha sido foco de problemas entre lesionado y asegurador, ya que este último casi nunca entregaba copia del mismo”.
“Si no lo hacemos así y no permitimos que se nos realice una valoración médica de las lesiones por parte de la compañía aseguradora, no podremos acudir a la vía judicial para la reclamación de indemnización por las lesiones sufridas en un accidente de tráfico”, recalcó.
En el caso de no estar de acuerdo con la oferta de la aseguradora, el lesionado podrá iniciar un prodedimiento de mediación o acudir al Instituto de Medicina Legal, “que forma parte de los juzgados y que, por tanto, será imparcial”, y cuyo coste será asumido por el seguro.
Si el informe pericial da más importancia a las lesiones que los médicos de la aseguradora, la víctima puede reiniciar la negociación solicitando una indemnización mayor o reclamar esta petición por la vía judicial. También cabe la posibilidad de que el lesionado encargue un informe privado, cuyo coste correrá por su cuenta.

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